Inicio
    Quienes Somos
    Nuestros Servicios
    Requisitos para Trámites
    Tarifas
    Normativa Urbanística
    Preguntas Frecuentes
    Sede y Horarios
    Contáctenos
    Webmail

La Figura del Curador Urbano

El Decreto 2150 del 5 de diciembre de 1995 introduce por primera vez en el derecho urbanístico  colombiano la figura del Curador Urbano, la cual se ha consolidado a través de la expedición de  diferentes leyes y decretos como: La Ley 388 de 1997, el Decreto 1052 de 1998, la Ley 810 de 2003, el Decreto 1600 de 2005 y el Decreto 564 de 2006.

El Curador Urbano es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios, a petición del interesado en adelantar proyectos de esta índole.

El Curador Urbano ejerce una función pública para la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes, es autónomo en el ejercicio de sus funciones y responsable disciplinaria, fiscal, civil y penalmente.

Las Curadurías Urbanas

Son llamadas así las sedes donde despachan los curadores urbanos atendiendo las solicitudes de licencias urbanísticas, con el apoyo de un equipo interdisciplinario compuesto fundamentalmente por arquitectos, ingenieros, tecnólogos y personal administrativo.

< Volver a Quienes Somos